Tribunal Supremo inicia juicio por el caso Petrocontratos en ausencia de Goni, principal acusado

|| Poco después de instalado el juicio, se otorgó un plazo de 48 horas para que la representación del Ministerio de Justicia y del Viceministerio de Transparencia acrediten su representación en el juicio

Sin la presencia del expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada (Goni) y tres exministros acusados, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) inició la tarde de este martes el juicio de responsabilidades por contratos petroleros firmados sin aval del Legislativo.

Varias carpetas de la investigación fueron ubicadas, por personal de la Fiscalía General del Estado, en la parte central del salón de la audiencia a la que acudieron varios juristas y el fiscal General, Juan Lanchipa.

En los sillones apartados para los acusados no están Sánchez de Lozada ni los exministros de Hidrocarburos, Carlos Morales Landivar y Fernando Yañez de la Riva, ni el exministro de Minería e Hidrocarburos Jorge Berinduague Alcocer, todos declarados en rebeldía.

El artículo 91 Bis de la Ley 1970 establece que “cuando se declare la rebeldía de un imputado dentro del proceso penal por los delitos establecidos en los Artículos 24, 25 y siguientes de la Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas, el proceso no se suspenderá con respecto del rebelde. El Estado designará un defensor de oficio y el imputado será juzgado en rebeldía, juntamente con los demás imputados presentes”.

Poco después de instalado el juicio, se otorgó un plazo de 48 horas para que la representación del Ministerio de Justicia y del Viceministerio de Transparencia acrediten su representación en el juicio.”Deberán presentar memorial y acreditar su condición, de tal manera que se los pueda considerar como coadyuvantes en el proceso”.

En apego al artículo 18 de la Ley 044 de juicio de responsabilidades, el Tribunal Supremo de Justicia se constituye “como tribunal colegiado en pleno y en única instancia” para juzgar a los procesados.

El juicio se sustanciará en forma oral, pública, continua y contradictoria hasta que se dicte sentencia, refiere el parágrafo segundo del artículo 18.

La acusación será planteada y sostenida por el Fiscal General del Estado.

La sentencia será pronunciada por dos tercios de los miembros del Tribunal Supremo de Justicia.

El caso Petrocontratos se activó el 2005 contra los expresidentes Sánchez de Lozada y Jorge Tuto Quiroga, además del exministro Carlos Alberto Contreras del Solar y otros implicados.

Quiroga, que era procesado por la Fiscalía por los delitos de incumplimiento de deberes formales y conducta antieconómica por la presunta firma de contratos petroleros para la exploración de hidrocarburos en el territorio nacional sin autorización del Congreso, se acogió a un decreto de amnistía promulgado por Evo Morales en octubre de 2020 y fue excluido del caso.

Sánchez de Lozada, Contreras del Solar y otros implicados están acusadas por la comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y conducta antieconómica.

Estas sindicaciones están relacionadas con la firma de contratos con 21 empresas transnacionales para tareas de verificación y explotación de reservas hidrocarburíferas. Los documentos fueron suscritos sin la autorización del Legislativo, como mandaban las normas legales.

De 106 contratos, 52 se firmaron en la primera gestión de gobierno de Sánchez de Lozada (1993-1997); 49 en la del extinto Hugo Banzer (1997-2001); cuatro en la de Jorge Quiroga (2001-2002); y uno en la de Carlos Mesa.

Los documentos, según las acusaciones que llegaron al Ministerio Público, favorecieron los intereses de las petroleras en detrimento del interés del Estado.

Sánchez de Lozada reside en Estados Unidos desde octubre de 2003, cuando dejó Bolivia y dimitió a la Presidencia en medio de una crisis política y social agudizada por una represión que acabó con más de 67 muertos y 400 heridos por impactos de bala. Las movilizaciones rechazaban la exportación de gas por puertos chilenos y pedían la nacionalización de los hidrocarburos y convocar a una Asamblea Constituyente. || ABI

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