De acuerdo a un reporte del Viceministerio de Defensa del Consumidor, ayer su personal logró que un servicio médico privado no retenga a un paciente ingresado tras un accidente a quien le exigían el pago inmediato.
Ayer el personal del citado viceministerio, intervino en una clínica privada, a objeto de impedir la retención de una paciente, por una deuda a este nosocomio reporta un cable en sus RRSS.
La denuncia fue realizada mediante llamada telefónica, donde se informó que este centro de salud estaba impidiendo el retiro de la paciente que fue ingresada noche antes a raíz de un accidente.
Las autoridades realizaron la mediación correspondiente entre la clínica y la usuaria, concretando un acuerdo entre partes que establece un plan de pagos y se procedió a la alta inmediata de la paciente.
NORMATIVA
La Ley 453, en el artículo 33; parágrafo I menciona que “las obligaciones de los servicios médicos, los centro de salud privados y públicos deben Brindar alternativas de pago por servicios utilizados en emergencia médica u hospitalaria, no pudiendo retenerse a la usuaria y al usuario por motivo de deuda».
Con información del VDC
