La ministra de la Presidencia, María Nela Prada, afirmó este domingo que una “cadena de impunidad” permitía que violadores sigan predicando de “amor y guía espiritual”, y ser educadores, como sucedió con el jesuita español fallecido Alfonso Pedrajas, quien confesó que abusó a más de 85 menores de edad, la mayoría, en el Colegio Juan XXIII, que era administrado por la Compañía de Jesús. “Pueden pasar años hasta que esa persona se anime a hablar y decir: ‘esto me pasó y me sigue afectando hasta el día de hoy en mi vida’, ‘de esto yo fui víctima’. Y hay personas que nunca lo van a poder contar por lo que ha significado en sus vidas, por la forma en la que las puede afectar en sus vidas y posiblemente mueran sin que nadie, ni de su familia, ni de la sociedad sepa; que también eso sucede con esta cadena de impunidad para que estos violadores luego sigan predicando amor, guía espiritual, sigan educando por un lado y otro”, afirmó Prada. Por ejemplo, el jesuita Alfonso Pedrajas, quien dejó escrito un insólito testimonio de las al menos 85 violaciones que cometió, la mayoría, en el Colegio Juan XXII de Cochabamba, fue enviado por la orden a trabajar como obrero a las minas de Oruro, al oeste de Bolivia, junto al lago Uru Uru, cuando se conocieron las denuncias en su contra. “Me escribió una carta desde allí, culpándome de que lo habían enviado a las minas porque lo conté todo. Pero yo no lo hice, no sé quién pudo ser”, relató Roberto Peña a El País, diario español que publicó el 30 de abril un amplio reportaje sobre los delitos de Pedrajas titulado: “Diario de un cura pederasta: ‘Hice daño a demasiados’”. El periodista Julio Núñez, de El País de España, reconstruyó su historia a partir del diario de más de 300 páginas que dejó, testimonios de las víctimas y la declaración de uno de los jesuitas que conocía los delitos de Pedrajas, su confesor el catalán Marcos Recolons. Amparado en que fue una confesión, Recolons respondido al medio español: “no puedo decir absolutamente nada. Lo siento mucho”. Sin embargo, Recolons no era el único que sabía de estos ilícitos. De acuerdo con la Asociación de ex Alumnos del Colegio Juan XXIII (ASIAJ23), los directivos del establecimiento, que son designados por la Compañía de Jesús, se negaron en 2022 a investigar las denuncias de pederastia cometidos por Pedrajas a pesar de “conocer del asunto”. La propia Compañía de Jesús admitió de manera clara su omisión: “en el pasado no supimos atender tu dolor”. Para investigar estos actos y sancionar a los responsables y encubridores, el Gobierno nacional presentó al Legislativo un anteproyecto de ley que entre sus objetivos busca que los delitos sexuales cometidos contra niñas, niños adolescentes no prescriban. Además, la iniciativa propone la conformación de una “Comisión de la verdad” para investigar los hechos y garantizar justicia y reparación a las víctimas. Prada enfatizó que esto delitos “aberrantes” tienen que investigarse sin la protección de ninguna institución, llamó a “cerrar filas para precautelar el derecho de la niñez” y cuestionó que algunos actores pretendan “minimizar” estos ilícitos. Reafirmó su objeción a que se envíe al país a sacerdotes con procesos y denuncias de violación y afirmó que eso “no vamos a permitir” porque “se tiene que sentar un precedente, se tiene que reencausar las cosas”. “Se tiene que saber que cualquier agresor, violador no va tener cabida en una sociedad que tiene que precautelar fundamentalmente por los derechos de nuestra niñez. Las agresiones sexuales, lamentablemente, no se agotan nunca en el momento de la comisión del hecho delictivo, subsisten. Quienes cometen estos delitos y estas aberraciones arruinan las vidas de las personas”, lamentó la ministra Si bien Pedrajas ya falleció en 2009, Prada afirmó que “hubo cómplices, que sabiendo lo que estaba sucediendo, que sabiendo del daño irreversible que se le estaba haciendo a niñas y niños, no solo que los silenciaron, sino que generaron todo este manto de impunidad, todo este manto de encubrimiento, supuestamente al amparo de precautelar la institucionalidad religiosa, para que no se vea dañada”. La ministra criticó ese comportamiento y afirmó que “una iglesia que busca sustentarse en pilares de impunidad está condenada a desaparecer”.

|| Aclaran que, si se desea formar un partido de alcance nacional, el trámite se inicia ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE); en tanto, una agrupación ciudadana —que puede tener alcance municipal, regional o departamental— debe hacer ante los respectivos tribunales electorales.

El Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz recordó a la ciudadanía que, para la constitución de partidos políticos y agrupaciones ciudadanas con miras a participar en las próximas elecciones generales, de gobernación y alcaldes municipales, se debe cumplir tres requisitos, según la presencia y alcance de los interesados.

Indicó uno de los requisitos es la identidad que consiste en tener nombre, sigla, símbolo y colores específicos. El segundo, constitución plasmada en un acta protocolizada ante Notaría de Fe Pública, impresión de los datos de identidad, acta constitutiva protocolizada, balance de apertura, Estatuto Orgánico, plataforma programática, plan operativo de registro de militantes y el certificado de registro en el Padrón Electoral Biométrico de la máxima instancia directiva, fundadores y promotores.

El tercero es la militancia, que sebe acreditar con el registro comprobado de una cantidad mínima de inscritos. Para constituir un partido político, se requiere como mínimo inscribir al 1,5 % del padrón nacional y debe incluir al menos el 1 % del padrón de cinco o más departamentos, según nota de prensa institucional.

Para constituir una agrupación de alcance departamental se requiere un registro igual o mayor al 1,5 % del total de inscritos en el padrón departamental, que debe incluir como mínimo el 1 % del padrón de, al menos, la mitad de las provincias del departamento. En el ámbito regional, se requiere un registro igual o mayor al 1,5 % de los inscritos en el padrón de la región, que debe incluir al menos el 1 % del padrón de cada municipio que conforma esa región.

Si se busca conformar una agrupación de alcance municipal, se deben cumplir diferentes porcentajes con base en el padrón municipal, en función a la cantidad de concejales, como establece el numeral 3 del artículo 13, de la Ley 1096.

Aclaran que, si se desea formar un partido de alcance nacional, el trámite se inicia ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE); en tanto, una agrupación ciudadana —que puede tener alcance municipal, regional o departamental— debe hacer ante los respectivos tribunales electorales. | erbol

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