El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5617, mediante el cual autoriza de manera excepcional a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) a adquirir hidrocarburos en el mercado spot internacional a través de contrataciones directas, sin licitación previa, con el objetivo de garantizar el abastecimiento en el mercado interno, según el texto de la norma difundido oficialmente.
El decreto define estas operaciones como compras inmediatas a precio vigente, con entrega a corto plazo y sin contratos de largo plazo. Establece que las adquisiciones deberán sustentarse en criterios técnicos, económicos y de disponibilidad, priorizando el suministro continuo de combustibles en el país.
El presidente ejecutivo de YPFB será el responsable del proceso de adquisición, con posibilidad de delegación, y no se requerirá la autorización previa del Directorio de la empresa estatal. La normativa también libera a esta modalidad de las garantías de cumplimiento de contrato.
El decreto establece que YPFB deberá implementar mecanismos estrictos de control, incluyendo análisis de laboratorio completos por lotes en instalaciones acreditadas, y autoriza a la estatal a adquirir equipos de laboratorios y laboratorios móviles en el extranjero para la verificación de calidad.
Asimismo, permite al Ministerio de Hidrocarburos efectuar contrataciones vinculadas a programas de Gas Natural Vehicular (GNV). Tanto YPFB como el Ministerio de Hidrocarburos deberán reglamentar los procedimientos específicos en un plazo máximo de diez días hábiles.
La aprobación del DS 5617 se produce apenas días después de que el Gobierno promulgara el Decreto Supremo 5600, que eliminó 161 decretos que permitían contrataciones directas en el sector público. En la presentación de aquella norma, el ministro de la Presidencia, José Luis Lupo, señaló: “Fueron 161 decretos por más de $us 96 millones y por más de Bs 7.930 millones.
De estos 161 decretos, 105 eran sin monto, es decir, instrumentos que están vigentes y que podían ser utilizados en todo momento para poder dar adjudicaciones sin licitación”. El DS 5600 dispuso que las entidades públicas se rijan principalmente por el Decreto Supremo N° 0181, que establece procedimientos de licitación más estructurados.
