Con la reactivación de las facilidades de pago, Impuestos estima recaudar Bs 189 millones

El titular del SIN invitó a los contribuyentes a reactivar sus facilidades de pago (FAP) incumplidas.

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) prevé recaudar 189 millones de bolivianos con la reactivación de las facilidades de pago (FAP) incumplidas, informó la agencia de noticias ABI.

La agencia de noticias del Estado boliviano recoge declaraciones del presidente del SIN, Mario Cazón, que este domingo dijo que la cantidad de facilidades de pago incumplidas llega a 53.290, las cuales en términos de recursos representan 2.547 millones de bolivianos.

“En el transcurso de estos tres meses que hagan el pago de una sola cuota, de la cuota más antigua, posiblemente el Estado reciba 189 millones de bolivianos”, indicó Cazón en el programa “Las 7 en el 7” de la televisión estatal.

El titular del SIN invitó a los contribuyentes a reactivar sus facilidades de pago (FAP) incumplidas, aún cuando se encuentren en ejecución tributaria, mediante el pago del importe actualizado de la cuota referencial establecida para la respectiva FAP hasta el lunes 31 de octubre de 2022.

El 26 de julio, la administración tributaria emitió la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102200000015 “Procedimiento para la aplicación de la Disposición Adicional Primera de la Ley 1448 de 25 de julio de 2022”.

Este documento se encuentra en la página web www.impuestos.gob.bo (normativa tributaria) y en las cuentas oficiales del SIN en Facebook, Twitter e Instagram.

De acuerdo con la resolución, el pago de la cuota referencial debe hacerse por cualquier de los medios de pago habilitados para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

El contribuyente debe realizar este procedimiento con el número de trámite obtenido en la opción “Seguimiento y Pago de Cuotas FAP”, de la oficina virtual, explicó Cazón.

El contribuyente podrá obtener el importe actualizado de la cuota referencial al ingresar en la opción “Seguimiento y Pago de Cuota FAP” del portal de trámites tributarios de la oficina virtual del SIN, disponible en la página web www.impuestos.gob.bo.

La Ley 1448 dispone la continuidad de las FAP por deuda tributaria y deudas incumplidas hasta el día anterior a la fecha de la publicación de la norma, aun cuando se encuentren en ejecución tributaria, manteniendo las condiciones y beneficios consignados en la respectiva Resolución Administrativa de FAP, siempre que los pagos se reanuden hasta el 31 de octubre de 2022.

ABI informa que el Gobierno nacional diseñó la Ley 1448 para contribuir a la reconstrucción de la economía boliviana mediante la facilitación del cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Esta ley también establece otros beneficios tributarios como la reducción de la multa por omisión de pago de 100% a 60% del tributo omitido y amplía de 10 hasta 20 días, de notificada la vista de cargo o el auto inicial, el plazo para acogerse al arrepentimiento eficaz, sin sanción por omisión de pago.

Cazón explicó que antes de la Ley 1448, si un contribuyente tenía una deuda de “100 mil bolivianos, la multa por omisiones de pagos también representaba 100 mil bolivianos”, ahora con la nueva normativa “esta sanción por omisión se ha reducido en un 40 por ciento, es decir que la sanción es del 60 por ciento”.

“Entonces si el contribuyente cuando haga la reactivación de la facilidad de pago y no cumple, vuelve a caer en no pagar las cuotas mensuales, se considerará una deuda incumplida, por tanto, la administración tiene que cobrarla y lo va a cobrar con la multa del 60 por ciento”, apuntó.

El funcionario señaló que con estas acciones lo que se busca también es la reactivación de la economía nacional. /El Deber. 

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