Sucre, 26 de febrero (ANV).- El fiscal de materia, Javier Gorena, informó que el Ministerio Público ha tomado conocimiento de un presunto trasvasijado de alcohol supuestamente adulterado en un domicilio, hecho que se dio a conocer en horas de la noche del día de ayer.
Gorena enfatizó que, si bien pueden existir irregularidades, no todas se adecúan a tipos penales. El Ministerio Público activa la acción penal solo si el hecho se ajusta a un tipo penal y existen indicios que lo sustenten.
El fiscal destacó la importancia de las instancias previas de control interno, como el SENASAG, que deben realizar la verificación de estas circunstancias y aplicar sanciones administrativas.
«El derecho penal es de última ratio, es decir, es la última vía a la cual se debe acudir en caso de que las otras vías o los otros mecanismos previos administrativos no surtan efecto, no se puedan sancionar», afirmó Gorena.
Asimismo, explicó que el Ministerio Público no puede incurrir en irregularidades, como ingresar a una vivienda sin un mandamiento de allanamiento. «No podemos ingresarnos a un domicilio sin que previamente se hayan hecho verificativos informes por otras instancias administrativas previas que den cuenta de que efectivamente puede estar suscitándose un hecho delictivo», señaló.
Estas instancias previas y administrativas son las encargadas de determinar si corresponde que el Ministerio Público active la acción penal pública.
