Ayllón sigue en carrera pese a presiones; TED ratifica su candidatura

|| El Tribunal Electoral desestima denuncia del gobernador Damián Condori contra candidato de Gente Nueva.

El pleno del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca declaró improbada la denuncia presentada por el actual gobernador Damián Condori Herrera contra Luis Ayllón, candidato a la Gobernación por la Alianza Gente Nueva, quien había sido acusado de realizar campaña política desde instalaciones de la Gobernación. La resolución del órgano electoral permite que Ayllón y Fátima Tardío, candidata a la Alcaldía de Sucre por la misma alianza, continúen en carrera electoral.

La denuncia fue presentada por Condori ante el órgano electoral bajo el argumento de que Ayllón habría utilizado espacios de la Gobernación para promover su candidatura, lo que constituiría una vulneración al reglamento de propaganda y campaña electoral vigente para las elecciones subnacionales.

Sin embargo, tras analizar el caso, el pleno del Tribunal Electoral Departamental determinó que no existían elementos suficientes para sancionar o inhabilitar a los postulantes.

Fuentes del órgano electoral confirmaron que la decisión fue adoptada después de evaluar las pruebas presentadas y los argumentos expuestos por ambas partes.

Los vocales concluyeron que los hechos denunciados no configuraban una infracción que amerite la exclusión de los candidatos del proceso electoral.

La resolución del TED Chuquisaca despeja momentáneamente el cuestionamiento planteado por la autoridad departamental y permite que tanto Ayllón como Tardío prosigan con sus actividades proselitistas en el marco de la campaña electoral.

La candidata a la Alcaldía de Sucre también había sido mencionada en la denuncia, aunque el foco principal de la acusación se centraba en el uso de infraestructura gubernamental para fines electorales.

El presidente del TED Chuquisaca, Favio Chacolla, había anticipado días atrás que las decisiones del órgano electoral se adoptarían con estricto apego a la ley y la Constitución, garantizando la imparcialidad del ente colegiado frente a presiones externas o internas.

En esa ocasión, Chacolla también recordó que la inhabilitación de candidatos sólo procede por causales extraordinarias, como fallecimientos o sentencias penales ejecutoriadas.

La resolución, sin embargo, no cierra la posibilidad de que el denunciante o alguna otra parte interesada active los recursos de impugnación previstos por ley, si consideran que el fallo incurre en vicios de procedimiento o errores en la valoración de las pruebas.

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