Tribunal Constitucional es acusado de “abusos e ilegalidades” por abogado de Evo Morales

|| Críticas al Tribunal Constitucional desde el entorno del MAS

Sucre, 4 de junio (ANV). – El asesor jurídico del expresidente Evo Morales, Orlando Ceballos, cuestionó duramente al presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), acusándolo de interpretar normas con “faltas a la verdad material” y de emitir fallos “ilegales, abusivos y arbitrarios”.

Durante una conferencia de prensa, Ceballos se refirió a las recientes sentencias constitucionales 007/2025 y 1010/2025. Según explicó, ambas decisiones vulneran el marco normativo vigente. “El presidente del Tribunal Constitucional hace una interpretación con faltas a la verdad material, tratando de mostrar ante la opinión pública una supuesta y presunta constitucionalidad o legalidad de la sentencia 1010 y de la 007”, afirmó.

Respecto a la sentencia 007/2025, señaló que esta declara inconstitucional el artículo 4 de la Ley 381 de Aplicación Normativa, lo cual –dijo– ya fue evaluado anteriormente. “Esta norma ya fue objeto de un examen de constitucionalidad en el Auto Constitucional 003/2013, donde se declaró su constitucionalidad. El artículo 78 del Código Procesal Constitucional establece que, si ya se ha declarado la constitucionalidad de una norma, no puede volver a demandarse su inconstitucionalidad”, precisó.

Ceballos también criticó la sentencia 1010/2025, que interpreta el artículo 168 de la Constitución Política del Estado. “El Tribunal ahora le otorga un entendimiento que prohíbe no solo la reelección continua por una sola vez, sino también de manera discontinua, a criterio de los autoprorrogados”, indicó.

En ese sentido, aseguró que el informe 121/24 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), emitido en agosto de 2024, ratifica la compatibilidad del texto original del artículo 168 de la Constitución. “Cualquier interpretación que le adiciona el autoprorrogado Tribunal Constitucional está fuera de lugar. La Corte Interamericana ha sido clara al señalar que cualquier restricción a un derecho fundamental debe hacerse mediante una ley formal y material, sancionada por la Asamblea Legislativa”, sostuvo.

El jurista fue más allá al calificar al presidente del TCP como “autoprorrogado” y lo acusó de “traficar con la justicia”. “No va a haber un lugar en la tierra donde no lo vayamos a encontrar”, advirtió.

Ceballos también aludió al referendo del 21 de febrero de 2016 (21F), indicando que su resultado mantiene intacta la redacción del artículo 168. “El 21F estableció que el artículo 168 no se modifica. El pueblo dijo que no a una reforma para habilitar la reelección indefinida. Por tanto, la disposición se mantiene incólume”, explicó.

Finalmente, aseguró que la sentencia del TCP de 2017 que habilitó la reelección indefinida ha quedado superada por los nuevos criterios de la Corte Interamericana. “En Bolivia no hay reelección presidencial indefinida. La Corte ha declarado que la reelección con límites es plenamente compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, concluyó.

Tambíen te puede interesar